jueves, 7 de enero de 2016

Ventajas del latín para los hombres de Derecho

El profesor Fernando de Trazegnies Granda, al tiempo que nos muestra ejemplos prácticos, nos cuenta las ventajas de saber latín en un mundo tan competitivo como el jurídico. Aquí van:

1. Concreción

El latín es un idioma que tiene la ventaja de decir las cosas de manera muy concreta y elegante. Por ejemplo, los romanos no creían en el daño moral ni en el daño a la persona sino únicamente en el daño material. Por consiguiente, para significar que el daño reparable tenía que ser causado materialmente, decían –con esa sencillez y eficiencia lingüística que es propia de la galanura del latín– que debía ser corpore corpori, es decir, “por el cuerpo y al cuerpo”.

2. Concisión

Observen la concisión y la riqueza de esas cuatro categorías de contratos que reconocía el Derecho romano: do ut desfacio ut faciasdo ut faciasfacio ut des: “doy para que des” (como en la compraventa, donde doy dinero para que me des una cosa que quiero comprar), “hago para que hagas” (como en el ahora llamado contrato de joint venture, en el que hago mi parte para que tu hagas tu parte en un negocio), “doy para que hagas” (como en la locación de servicios, donde doy una cantidad de dinero para que realices un trabajo), y “hago para que des” (que es la misma figura vista a la inversa, donde presto un servicio par que me des una cantidad de dinero).

3. Simplicidad

Pensemos también en la simplicidad de expresión y en la profundidad de sabiduría que se advierte en adagios tales como mater semper certa (la madre siempre es cierta), mientras quepater is est quem nuptiae demostrant (el padre es aquel a quien el matrimonio muestra que es el marido). O por ejemplo la forma de decir que existe separación de bienes dentro de la sociedad conyugal pero que ello no implica una separación de los esposos: Corpora communia sed non pecunia. Obsérvese también esa frase lapidaria de Paulus que, para perdonar el error, exige que la persona haya hecho todo de su parte para no errar: [Ius] nec stultis solere succurri, sed errantibus (el Derecho no ayuda a los tontos sino a los que se equivocan).
En consecuencia, resulta útil muchas veces recurrir a los adagios clásicos para analizar situaciones modernas. Pero si vamos a usarlos, tenemos que usarlos bien, propiamente estructurados desde el punto de vista gramatical y correctamente escritos en materia de ortografía. Nada hay más deslucido que recurrir a frases o palabras en un idioma extranjero y cometer errores al hacerlo. Lamentablemente, el latín se presta para que se incurra en gruesoslapsus debido a la complejidad y a las sutilezas de sus concordancias.

Fuente: Legis.pe


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